Salud mental y derechos humanos

Salud mental y derechos humanos

Luis Benavides

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El derecho a la salud es uno de los derechos fundamentales de los seres humanos. De hecho, la realización de muchos otros derechos humanos como el derecho al trabajo, a la educación, etc., dependen del goce de la salud del individuo.

El discurso de los derechos humanos ha enfatizado la importancia que los Estados deben prestar para adoptar medidas específicas a fin de crear las condiciones sociales, económicas y políticas necesarias para salvaguardar y realizar de forma integral el derecho a la salud de todas las personas que se encuentran bajo su jurisdicción.

La Organización Mundial de la Salud sentó las bases para lograr una definición integral de la salud, su importancia como derecho humano y para el desarrollo de los países:

La salud es un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades. El goce del grado máximo de salud que se pueda lograr es uno de los derechos fundamentales de todo ser humano sin distinción de raza, religión, ideología política o condición económica o social. La salud de todos los pueblos es una condición fundamental para lograr la paz y la seguridad, y depende de la más amplia cooperación de las personas y de los Estados[1]

A su vez, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) señala en su Artículo 12 que toda persona tiene el derecho al disfrute “del más alto nivel posible estándar de salud física y mental.”

Si bien en ambos instrumentos internacionales la salud mental se encuentra considerada de la misma forma que la salud física, lo cierto es que en términos de presupuesto y de atención real por parte de los Estados, la salud mental no ha recibido la misma atención. Por ejemplo, a nivel global, del presupuesto que los países destinan a salud, solo el 2.8% del mismo se destina, en promedio, a la salud mental.[2]

Desempleo, bajos niveles de educación, alimentación deficiente, vivienda precaria y pobre o nulo acceso a la atención médica, entre otros factores que podríamos englobar en pobreza y falta de desarrollo u oportunidades, tienen un impacto negativo en la salud tanto física como mental de las personas.[3] Así lo señalaba el entonces Secretario General de Naciones Unidas Kofi Annan: “The biggest enemy of health in the developing world is poverty, and the struggle for health is part and parcel of the struggle for development.”[4]

Por lo tanto, las personas con trastornos mentales pueden ser particularmente vulnerables a las violaciones de los derechos humanos.

Es importante señalar que el PIDESC reconoce que no todos los países se encuentran en el mismo nivel de desarrollo económico, político y social y por ende contempla que los Estados vayan “adoptando medidas […] hasta el máximo de los recursos de que disponga, para lograr progresivamente […] la plena efectividad de los derechos aquí reconocidos.”[5]

PSICOLOGIA CLINICA 3

Aunado a los aspectos económicos, normalmente se encuentran también presentes aspectos de violencia social y estatal que incrementan la incidencia de enfermedades mentales.[6] Violaciones graves a los derechos humanos tales como tortura, desaparición forzada, presenciar conflictos o ataques armados, afectan no solo a las víctimas directas que sufren dichas violaciones sino a los familiares y amigos de los mismos y a grandes sectores de la sociedad. Estas violaciones pueden ocasionar no solo trastornos del tipo de estrés postraumático, sino también otros problemas crónicos de salud mental a largo plazo como depresión y ansiedad.

El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas, que supervisa el PIDESC adoptó, en el año 2000, un comentario general sobre el derecho a la salud. En dicha observación, el Comité señala que el derecho a la salud debe estar debidamente financiado y que los servicios que se prestan deben ser accesibles para toda la población y de buena calidad.[7]

Pese a la importancia de la salud mental en la sociedad aún no existe un instrumento internacional obligatorio en la materia. Destacan sin embargo, los Principios de las Naciones Unidas para la protección de las personas con enfermedades mentales (1991), que funciona como una guía para promover los derechos de las personas con trastornos mentales, los diversos informes del Relator Especial sobre el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental[8], la resolución 36/13 (2017) sobre salud mental y derechos humanos del Consejo de Derechos Humanos, la cual hace un llamado a los países a proteger los derechos humanos de las personas con problemas de salud mental, la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (2006)[9], que indica el respeto de la dignidad inherente, la autonomía individual, la independencia, y la participación e inclusión plenas y efectivas en la sociedad, y la Observación general núm. 5 (2017) del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que señala, inter alia, el derecho de las personas con enfermedades mentales a vivir de forma independiente y a ser incluidos en la comunidad.[10]

Conclusión

Existe un vínculo fundamental entre la salud mental y los derechos humanos.

La pobreza, el subdesarrollo y la violencia son factores que tienen un fuerte impacto en la salud mental de grandes segmentos de la población los cuales, normalmente, no son atendidos de forma adecuada. Estos aspectos constituyen una violación al derecho a la salud de las personas toda vez que impiden el desarrollo pleno de las mismas.

El derecho a la salud mental, como parte del derecho a la salud en general no ha tenido el mismo desarrollo que otros derechos humanos como el derecho a la integridad física, a no ser torturado o al trabajo.

Tradicionalmente, las personas que sufren trastornos mentales han sido segregadas y discriminadas, de ahí que una forma en la que se han vuelto más visibles fue  a través de su reconocimiento como grupo en situación de vulnerabilidad y la protección que le otorga la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

La creación de un instrumento internacional obligatorio específico en materia de salud mental y derechos humanos en el marco de las Naciones Unidas parece ser en consecuencia, una necesidad apremiante.

[1] Constitución de la Organización Mundial de la Salud, 1946.

[2] Véase Global Health Observatory data http://www.who.int/gho/mental_health/en/ visitado en junio 2018.

[3] WHO, Mental health, poverty and development, Disponible en http://www.who.int/mental_health/policy/development/en/ Visitado en junio de 2018.

[4] Kofi Annan, Poverty Biggest Enemy of Health in Developing World, Secretary-General Tells World Health Assembly, SG/SM/7808, 17 MAY 2001. Disponible en https://www.un.org/press/en/2001/sgsm7808.doc.htm visitado en junio 2018.

[5] Art. 2, PIDESC.

[6] Joop de Jong (ed.) (2002) Trauma, War and Violence: Public Mental Health in Socio-Cultural Context. Plenum, New York, passim.

[7] Observación general N° 14 (2000) El derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud (artículo 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales) E/C.12/2000/4.

[8] Ver por ejemplo informe A/HRC/35/21, 2017.

[9] Las personas con trastornos mentales son comúnmente consideradas como parte del grupo más grande de personas que están discapacitados por cualquier motivo.

[10] Observación general N° 5 (2017) sobre el derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en la comunidad, del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, CRPD/C/GC/5.

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